Energía renovable en pausa (Global Finance Magazine)
Global Finance Magazine analizó el estancamiento de la inversión en energía renovable en México en su edición del 5 de octubre de 2022. Kijana Mack, de Mexico Energy Partners, fue citado en el artículo.
“El sector energético en México debe encontrar el equilibrio correcto en materia de política regulatoria, junto con la necesidad de alcanzar las metas de energía renovable que ha planteado el gobierno”, señala Kijana Mack, Director Ejecutivo de Mexico Energy Partners.
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Qué implicaba esto para los compradores industriales en México
La meta a la que se refiere esa cita es una meta de energía limpia, no de energía renovable. El Transitorio Tercero de la LTE fija una participación mínima de 35% de energías limpias en la generación de electricidad para 2024, y la energía limpia, conforme al artículo 3 de la LIE, comprende la nuclear y la cogeneración eficiente además de la eólica, la solar, la hidroeléctrica y la geotérmica. Una política corporativa redactada en términos de energías renovables mide algo distinto de la meta nacional.
Tres hechos enmarcaban la decisión de una planta con operaciones en México en octubre de 2022. La reforma a la LIE publicada en el DOF el 9 de marzo de 2021 modificó el orden de despacho para favorecer la generación propia de CFE, extendió la elegibilidad del Certificado de Energía Limpia sin importar la fecha de operación comercial e instruyó a la CRE, en disposiciones transitorias, a revocar los permisos de autoabasto obtenidos mediante actos constitutivos de fraude a la ley. El 7 de abril de 2022 la Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó la acción de inconstitucionalidad 64/2021 porque ninguna disposición impugnada alcanzó los ocho votos que se requieren para una declaratoria general de inconstitucionalidad, por lo que la reforma permaneció en el orden jurídico sin un pronunciamiento general, y los tribunales inferiores conservaron la facultad de resolver los amparos individuales. El 17 de abril de 2022 la Cámara de Diputados rechazó la reforma constitucional en materia eléctrica, con 275 votos a favor, por debajo de las dos terceras partes requeridas.
La posición operativa es una reforma que es ley y cuya aplicación está bloqueada en buena medida por suspensiones de amparo individuales. Ninguno de los dos extremos es un supuesto de planeación seguro. Para una instalación suministrada mediante una estructura de autoabasto legada, la exposición es específica: si el permiso del suministrador queda comprendido en la revisión, si el suministrador cuenta con un amparo y qué establece el contrato en caso de que el permiso sea revocado o cambien las condiciones de porteo. Para una instalación que evalúa migrar a suministro calificado, la pregunta es si el proyecto de la contraparte podrá despacharse y obtener permisos conforme al calendario previsto. Nuestro análisis de política regulatoria y las preguntas sobre el suministro calificado cubren ambas rutas.
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Mexico Energy Partners revisa la base del permiso, la situación de la contraparte y las condiciones contractuales detrás del suministro eléctrico de una instalación, e identifica dónde impactaría un cambio regulatorio. La revisión requiere el contrato de suministro o el permiso y 12 meses de facturación. Produce una evaluación de riesgo, no una opinión legal.
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